Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 13/1988, de 28 de octubre, de Consejos Escolares de Euskadi. · BOE-A-2012-3818
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-13.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Euskadi es el órgano superior de participación de los sectores sociales implicados en la programación general de la enseñanza no universitaria y de consulta y asesoramiento respecto de los proyectos de Ley, disposiciones generales y reglamentos que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno Vasco, en los aspectos a que se refiere la presente Ley.