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Ley Derogada

Artículo 7. Colaboración.

Artículo 7 de la Ley 1/2007, de 1 de marzo, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria. · BOE-A-2007-8185

Atención: Ley 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La colaboración regular de los ciudadanos en las tareas y actividades operativas de protección civil se canalizará a través de la institución del voluntariado de protección civil, prevista en la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-10.

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