Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 1/1991, de 14 de marzo, por la que se crea y regula la Comarca de El Bierzo. · BOE-A-1991-9704
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-22.
Texto consolidado
Los municipios, cuya agrupación constituye la Comarca de El Bierzo, podrán delegar en esta las funciones que tengan atribuidas por el ordenamiento jurídico, con las limitaciones establecidas en la legislación básica sobre régimen local, previo acuerdo del Consejo Comarcal.
Asimismo, podrán establecerse entre la Comarca de El Bierzo y los municipios que la integren convenios para la cooperación técnica, económica y administrativa.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-403.