Artículo 7.
Artículo 7 del Decreto 1290/1965, de 13 de mayo, por el que se autoriza la constitución del Colegio Oficial de Peritos Topógrafos. · BOE-A-1965-8952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1965-06-18.
Texto consolidado
Se faculta a la Presidencia del Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Decreto.