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Real Decreto Vigente

Artículo 69. Pago de la ayuda a la persona beneficiaria.

Artículo 69 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. · BOE-A-2022-802

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-20.

Texto consolidado

El abono de la subvención a la persona beneficiaria podrá realizarse de una sola vez y con anterioridad a la adquisición de la vivienda, si bien expresamente condicionada a su formalización e inscripción en el registro de la propiedad. La formalización habrá de producirse en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la ayuda y la inscripción en el registro en el plazo máximo de seis meses desde dicha formalización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-20.

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