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Real Decreto Vigente

Artículo 69. Funciones.

Artículo 69 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.

Texto consolidado

Son funciones de la Asamblea General de colegiados y colegiadas las que expresamente se contemplen en los Estatutos particulares de los Colegios y, en todo caso, las siguientes:

a) La elaboración de los Estatutos particulares y de su modificación que se someterán a aprobación por parte del Consejo General o Consejo Autonómico, según corresponda y, en su caso, del Reglamento de Régimen Interior o de cualquier otro que se proponga.

b) La aprobación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios y la rendición de cuentas de los mismos.

c) La aprobación de las propuestas de fusión, absorción o segregación del Colegio.

d) La creación o disolución de delegaciones y el establecimiento de las normas de funcionamiento de las mismas, dando cuenta al Consejo General y al Consejo Autonómico.

e) La resolución de las cuestiones de confianza o mociones de censura formuladas respecto de los componentes de la Junta de Gobierno, con la potestad de cesarles en sus cargos en el caso de prosperar la moción de censura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-05-11.

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