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Ley Vigente

Artículo 69. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 69 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono. · BOE-A-2017-7353

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-01.

Texto consolidado

1. El presente capítulo tiene por objeto la creación, como tributo propio de la Generalidad, del impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas definidas por el artículo 72.

2. El impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas es exigible en todo el territorio de Cataluña.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-05-01.

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