Artículo 69. Funciones.
Artículo 69 de la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2424
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.
Texto consolidado
El Consejo Asesor ejerce las siguientes funciones:
1. Asesorar al Consell y a su administración en las materias de pesca y acuicultura, en todos los asuntos que le sean sometidos por el conseller o consellera competente en materia de pesca marítima y acuicultura.
2. Informar los proyectos de disposiciones legislativas y reglamentarias en materia de pesca y acuicultura.