Artículo 69. Gestión directa de las Administraciones públicas.
Artículo 69 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-13538
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-11.
Texto consolidado
1. Son servicios sociales públicos de gestión directa los prestados por las Administraciones públicas mediante recursos profesionales y financieros propios, sean de Atención Social Primaria o Especializada.
2. Los servicios de inspección, control de calidad, autorización, acreditación y Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención Social y, en general, las actuaciones que supongan el ejercicio de autoridad sobre entidades prestadoras de servicios sociales, se llevarán a cabo mediante gestión directa por las Administraciones públicas.
Redactado conforme a la correción de errores publicada en BOCM núm 9 de 11 de enero de 2023. Ref. BOCM-m-2023-90007