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Ley Vigente

Artículo 69. Infracciones de otras entidades sujetas a obligaciones de publicidad activa.

Artículo 69 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-8187

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-12.

Texto consolidado

Son infracciones imputables a las entidades de naturaleza privada a que se refiere el artículo 4:

1. Infracción muy grave: el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa que les sean de aplicación cuando se haya desatendido el requerimiento expreso del Consejo Valenciano de Transparencia.

2. Infracción grave: el incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa que les sean de aplicación, o publicar la información incumpliendo de forma relevante las exigencias derivadas del principio de veracidad.

3. Infracción leve: el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa que se apliquen cuando no constituya infracción grave o muy grave.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-12.

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