Artículo 69. Los becarios de investigación.
Artículo 69 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña. · BOE-A-2003-4932
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-12.
Texto consolidado
1. Los estudiantes de doctorado que gozan de una beca de formación de investigadores en los departamentos y los centros de investigación de la universidad son considerados becarios de investigación.
2. Los becarios de investigación tienen los derechos y las obligaciones que la universidad establezca en su normativa interna. En todo caso, deben gozar del derecho de acceso y de uso de las instalaciones de la universidad.