El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 681-1. Obligación de envío telemático de los documentos autorizados por los notarios.

Artículo 681-1 del Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos. · BOE-A-2024-6951

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-15.

Texto consolidado

En los plazos y las condiciones que se establezcan por reglamento, los notarios están obligados a enviar por vía telemática a la Agencia Tributaria de Cataluña los documentos a que se refieren los artículos 32.3 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y 52 del texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-03-15.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2024

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.