Artículo 68.
Artículo 68 del Real Decreto 2777/1982, de 24 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España. · BOE-A-1982-28603
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-25.
Texto consolidado
El Consejo Directivo presentará a la Asamblea general ordinaria, anualmente, una Memoria explicativa de la actividad social en el último ejercicio, la rendición de cuentas del mismo y balances de situación al 31 de diciembre junto con el presupuesto que haya de regir en el corriente ejercicio.