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Ley Vigente

Artículo 68. Cláusulas obligatorias y visado de contratos.

Artículo 68 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia. · BOE-A-2012-11415

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-13.

Texto consolidado

Los contratos de arrendamiento y de transmisión de las viviendas protegidas deberán contener las cláusulas que se determinen reglamentariamente y presentarse para su visado ante el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo mientras dure su régimen legal de protección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-08-13.

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