Artículo 68. Caducidad.
Artículo 68 de la Ley 7/2018, de 26 de marzo, de Seguridad Ferroviaria. · BOE-A-2018-5396
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-29.
Texto consolidado
El plazo de caducidad del procedimiento será de doce meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación.