Artículo 68. Sanciones.
Artículo 68 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4747
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-28.
Texto consolidado
1. Las infracciones tipificadas en la presente ley serán sancionadas con multas en las siguientes cuantías:
a) Las infracciones leves, con multa de 300 a 3.000 euros.
b) Las infracciones graves, con multa de 3.001 a 15.000 euros.
c) Las infracciones muy graves, con multa de 15.001 a 90.000 euros.
2. Las disposiciones reglamentarias de desarrollo podrán introducir graduaciones al cuadro de sanciones establecidas legalmente que, sin introducir nuevas sanciones ni alterar el límite de las mismas, contribuyan a la más precisa determinación de las sanciones correspondientes.