Artículo 68. Estímulo de las actividades económicas.
Artículo 68 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. · BOE-A-2021-5136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-10.
Texto consolidado
La Administración autonómica desarrollará medidas específicas destinadas a atraer el talento e incentivar la inversión productiva y la implantación empresarial en el territorio de la Comunidad Autónoma, prestando especial atención a la población gallega residente en el exterior o retornada.