Artículo 68. Cierre y liquidación de los presupuestos.
Artículo 68 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. · DOCM-q-2002-90021
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.
Texto consolidado
1. El último día del ejercicio presupuestario se procederá al cierre y liquidación de los presupuestos.
2. Todos los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago a la liquidación del presupuesto quedarán a cargo de la Tesorería según sus respectivas contracciones.
3. La Consejería de Economía y Hacienda dictará las normas de cierre del ejercicio presupuestario.