Artículo 67. Avales del Instituto Nacional de Hidrocarburos.
Artículo 67 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. · BOE-A-1987-28404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza al Instituto Nacional de Hidrocarburos a prestar avales en el ejercicio de 1988, en relación con las operaciones de crédito que concierten las Sociedades mercantiles en cuyo capital participa, hasta un límite máximo de 15.000 millones de pesetas.