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Ley Vigente

Artículo 67. Innovación y servicios públicos.

Artículo 67 de la Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación. · BOE-A-2025-4911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-26.

Texto consolidado

1. El Principado de Asturias fomentará la implantación de la cultura de la innovación en el sector público. Asimismo, habilitará medidas de innovación tecnológica y de aplicación de las tecnologías de la información a los procedimientos administrativos en el ámbito de la Administración autonómica.

2. El Principado de Asturias promoverá, como soporte y ayuda a la investigación e innovación tecnológica, la adquisición y gestión cooperativa de recursos de información y documentación electrónica especializados para su uso por parte de los investigadores y tecnólogos y, en general, de toda la comunidad educativa.

3. La Administración del Principado de Asturias promoverá iniciativas conjuntas entre los agentes del SACI.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-26.

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