Artículo 66. Prórroga.
Artículo 66 de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. · BOE-A-2021-10957
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-03.
Texto consolidado
1. Cuando circunstancias excepcionales y sobrevenidas requieran la prolongación de la duración del secreto, el Fiscal europeo delegado, antes de que se produzca el vencimiento del plazo establecido, podrá interesar motivadamente su prórroga al Juez de garantías, que decidirá lo procedente atendidas las necesidades de la investigación.
2. Contra las resoluciones judiciales previstas en este artículo no cabe ningún recurso.