Artículo 66. Medidas sin carácter de sanción.
Artículo 66 de la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal. · BOE-A-2001-3424
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-28.
Texto consolidado
No tendrán carácter de sanción:
a) La clausura o cierre de empresas, instalaciones, explotaciones, locales o medios de transporte que no cuenten con las autorizaciones o registros preceptivos, o la suspensión de su funcionamiento hasta tanto se rectifiquen los defectos o se cumplan los requisitos exigidos para su autorización.
b) La destrucción de un lote o envío de animales, productos de animales u otros materiales, cuando exista sospecha fundada o evidencia de estar infectados.