El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 66. Recuperación voluntaria de suelos.

Artículo 66 de la Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia. · BOE-A-2021-5137

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.

Texto consolidado

1. La descontaminación del suelo para cualquier uso podrá llevarse a cabo, sin la previa declaración del suelo como contaminado, mediante un proyecto de recuperación voluntaria aprobado por el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia competente en materia de suelos contaminados.

2. Una vez ejecutado el proyecto, se acreditará que la descontaminación se ha llevado a cabo en los términos previstos en el propio proyecto.

3. Las descontaminaciones que se produzcan por vía voluntaria serán inscritas en el Registro de la Calidad del Suelo de Galicia por el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia competente en materia de suelos contaminados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-17.

Más artículos de Ley 6/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.