Artículo 66. Procedimiento sancionador.
Artículo 66 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-12291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-01.
Texto consolidado
La potestad sancionadora se ejercerá de conformidad con lo que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, y la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas, que regulan aspectos sobre procedimientos sancionadores en Castilla-La Mancha.