Artículo 66. Vigencia, revisión y modificación de las normas de gestión y conservación.
Artículo 66 de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. · BOE-A-2019-13519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-27.
Texto consolidado
1. Las normas de gestión y conservación tendrán una vigencia indefinida, sin perjuicio de su posible revisión conforme al estado de la ciencia y la técnica y de la aplicación de las medidas de seguimiento que correspondan.
2. Si la revisión diera lugar a una modificación sustancial de las normas de gestión, esta se realizará según el procedimiento previsto para su aprobación.
3. A su vez, si la revisión diera lugar a una modificación no sustancial de las normas de gestión, esta se realizará mediante orden de la dirección general competente en materia de conservación del patrimonio natural, previo sometimiento a los trámites de información pública y audiencia a las personas interesadas, así como a aquellos otros trámites previstos en el artículo anterior que resulten necesarios, en función del alcance de la modificación.