Artículo 66. Concepto del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Artículo 66 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-14347
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-16.
Texto consolidado
A efectos de lo dispuesto en la presente ley, el sistema de protección a la infancia y a la adolescencia de la Comunidad de Madrid comprende el conjunto de actuaciones y medidas adoptadas por los poderes públicos destinadas a prevenir, detectar y repararlas situaciones de riesgo y desamparo en las que puedan hallarse los niños, asumiendo su tutela o guarda en los casos en los que sea preciso, al objeto de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos y su desarrollo integral.
Las administraciones de la Comunidad de Madrid garantizarán la existencia y el mantenimiento de los servicios públicos suficientes y adecuados para asegurar las actuaciones de protección conforme aparecen reguladas en esta ley.
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- Ver la norma completa: Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.