Artículo 66. Operaciones en régimen de mercado.
Artículo 66 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. · BOE-A-2003-20331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-05.
Texto consolidado
Las IIC deberán efectuar sus transacciones sobre bienes, derechos, valores o instrumentos a precios y en condiciones de mercado, salvo que las operaciones se realicen en condiciones más favorables para la IIC.