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Ley Vigente

Artículo 66. Prescripción de infracciones y sanciones.

Artículo 66 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. · BOE-A-2022-17099

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-21.

Texto consolidado

1. Las infracciones administrativas previstas en la presente ley prescribirán en el plazo de tres años las muy graves; en el de dos años las graves, y en el de seis meses las leves.

2. Las sanciones impuestas por la comisión de infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por graves a los dos años y las impuestas por leves lo harán al año.

3. Para el cómputo de los plazos de prescripción de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En el caso de que los hechos o actividades constitutivos de infracción fueran desconocidos por carecer de signos externos, el plazo de prescripción se computará desde que éstos se manifiesten.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-21.

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