El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 66. Cese de actividades.

Artículo 66 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. · BOE-A-2010-563

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-11.

Texto consolidado

1. El cese definitivo o temporal de las actividades incluidas en los anexos I, II y III ha de comunicarse al órgano ambiental competente, salvo que sea regulado por la legislación sectorial.

2. En la comunicación, la persona titular de la actividad debe acreditar que ha tomado las medidas necesarias para evitar cualquier riesgo de contaminación y que la incidencia ambiental en el lugar donde se llevaba a cabo la actividad ha quedado reducida al mínimo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-11.

Más artículos de Ley 20/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 20/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.