El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 66. Personas y entidades obligadas a inscribirse en el Registro.

Artículo 66 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2019-10102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Texto consolidado

1. En el Registro de Transparencia se inscribirán todas las personas y entidades, sea cual sea su denominación, naturaleza y estatuto jurídico, que participen, por cuenta propia o ajena, en actividades, tanto en curso como en preparación, cubiertas por el Registro.

2. Deberán también inscribirse en el Registro tanto los intermediarios como sus clientes, cuando lleven a cabo una actividad cubierta por el Registro en virtud de un contrato.

3. Sólo los que se inscriban en el Registro podrán ejercer los derechos previstos en el artículo 69.2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Más artículos de Ley 10/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.