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Real Decreto Derogada

Artículo 65. Acciones de consulta pública.

Artículo 65 del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. · BOE-A-2016-439

Atención: Real Decreto 1/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La consulta pública de los documentos del proceso de planificación señalados en los artículos 77 a 80 del RPH así como del proyecto de participación pública requerido por el artículo 72 del citado Reglamento, será desarrollada por la Confederación Hidrográfica del Segura en la forma y plazos establecidos reglamentariamente, mediante envío de notificaciones sobre la disponibilidad de la consulta de los documentos a las partes interesadas solicitando la presentación de alegaciones sobre los mismos.

2. Las alegaciones presentadas por escrito a los documentos del proceso de planificación serán públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-20.

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