Artículo 65. Composición.
Artículo 65 de la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla. · BOE-A-2010-5493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-07.
Texto consolidado
El equipo de atención temprana estará integrado por profesores de enseñanza secundaria de la especialidad de orientación educativa y por profesores técnicos de formación profesional de servicios a la comunidad, así como por maestros de la especialidad de pedagogía terapéutica y de audición y lenguaje.
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