Artículo 65. Definición.
Artículo 65 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. · BOE-A-2019-4299
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.
Texto consolidado
1. Son sociedades públicas las definidas y reguladas en la ley foral que regule el Patrimonio de Navarra.
2. En ningún caso, las sociedades públicas podrán disponer de facultades que impliquen ejercicio de autoridad pública.