Artículo 65. Sistemas de gestión medioambiental.
Artículo 65 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-11187
Atención: Ley 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Reglamentariamente podrán simplificarse los mecanismos de comprobación del cumplimiento de las obligaciones de la autorización ambiental integrada y de la autorización ambiental unificada, así como la tramitación de las correspondientes autorizaciones y sucesivas renovaciones en aquellas actividades para las cuales se apliquen sistemas de gestión ambiental certificados externamente mediante EMAS o ISO 14001.