Artículo 65. Modificación de la Ley 9/2016, de 28 de octubre, de regulación de los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana.
Artículo 65 de la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2026-15683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-03.
Texto consolidado
La Ley 9/2016, de 28 de octubre, de regulación de los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue:
Único. Se introduce un nuevo punto 4 en el anexo con la siguiente redacción:
«ANEXO
Procedimientos administrativos declarados de emergencia ciudadana
[…]
Punto 4.
Procedimientos que tengan como objeto la tramitación de licencias para la construcción de nuevas viviendas. Los plazos de urgencia se aplicarán únicamente a aquellos cuyos plazos de tramitación sean de seis meses o mayores, de acuerdo con lo dispuesto en las normas que los regulan.»
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