Artículo 65. Registros públicos.
Artículo 65 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-15.
Texto consolidado
1. Se establecen los siguientes registros públicos:
– Cotos de Caza, incluidos cuarteles de caza comercial.
– Zonas Colectivas de Caza.
– Granjas cinegéticas.
– Aves Rapaces y de Cetrería.
– Rehalas.
– Titular profesional cinegético.
2. La inscripción en cada registro público se realizará de oficio y corresponderá al órgano administrativo con capacidad resolutiva, que la efectuará en la misma fecha de la resolución que la motivó y estarán a disposición en la página Web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-6000.