El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 64. Talleres de taxidermia.

Artículo 64 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6877

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-15.

Texto consolidado

1. Se consideran talleres de taxidermia, aquellos establecimientos dedicados a la preparación de trofeos de caza y a la naturalización de especies cinegéticas.

2. Para poder desarrollar la actividad, el titular del taller presentará en el órgano provincial correspondiente, declaración responsable en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, relativa a reunir los requisitos legales para ejercer la actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-6000.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 3/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.