Artículo 65. Infracciones.
Artículo 65 de la Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias. · BOE-A-2023-12206
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-13.
Texto consolidado
Son infracciones administrativas en materia de juventud las acciones u omisiones, dolosas o imprudentes, que estén tipificadas y sancionadas como tales en la presente ley y sus normas de desarrollo.