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Ley Vigente

Artículo 65. Prescripción de las sanciones.

Artículo 65 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.

Texto consolidado

1. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescriben a los cinco años; las impuestas por infracciones graves, a los tres; y las impuestas por infracciones leves, al año.

2. El plazo de prescripción de las sanciones empieza a contar desde el día siguiente al que sea ejecutable la resolución por la cual se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para interponer un recurso.

3. Interrumpe la prescripción la iniciación, con conocimiento de la persona interesada, de un procedimiento de ejecución, y se reinicia el plazo de prescripción si el procedimiento está paralizado durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-29.

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