Artículo 65 bis. Dietas.
Artículo 65 bis de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. · BOE-A-2018-7642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-08.
Texto consolidado
1. Las y los miembros del Consejo de Transparencia de Navarra podrán compatibilizar su tarea con su puesto de trabajo en la Administración a la que pertenezcan y serán retribuidos por su participación como ponentes en los dictámenes con las dietas que se establezcan reglamentariamente por la persona titular del departamento competente en materia de transparencia, compatibles con su remuneración como funcionarios.
2. También podrá fijarse una dieta anual para la persona que presida el Consejo de Transparencia de Navarra y para la que realice las funciones de secretaría.