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Real Decreto Vigente

Artículo 64. Inadmisión de recursos.

Artículo 64 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

Texto consolidado

Si, presentado algún recurso, no fuera admitido a trámite o fuera declarado desierto, se devengará el 50 por ciento de los derechos que correspondan conforme a lo dispuesto en el artículo 61.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

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