Artículo 64.
Artículo 64 de la Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones. · BOE-A-1979-5952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-03-19.
Texto consolidado
El nombramiento de los Delegados de la Asociación Armera será por cuatro años, renovándose en ambas Juntas por mitad, efectuándose la primera vez a los dos años; pero podrán cesar antes, bien a solicitud propia o por acuerdo de la Asociación Armera.