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Ley Foral Vigente

Artículo 64. Publicidad de las sanciones.

Artículo 64 de la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal. · BOE-A-2001-3424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-28.

Texto consolidado

Las sanciones impuestas por infracciones graves o muy graves, una vez firmes en la vía administrativa, podrán hacerse públicas en el Boletín Oficial de Navarra. El acto de publicidad contendrá los siguientes datos: importe de la sanción, nombre del infractor o infractores, tipificación de la infracción, localización del hecho sancionador y, en su caso, indemnización exigida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-11-28.

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