El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 64. Transmisibilidad.

Artículo 64 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-1992-26318

Atención: Ley 30/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.

2. La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-02-27.

Más artículos de Ley 30/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 30/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.