Artículo 64. Prescripción de las sanciones.
Artículo 64 de la Ley 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria. · BOE-A-2019-6771
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-17.
Texto consolidado
Las sanciones a que se refiere la presente ley prescribirán por el transcurso de los siguientes plazos: las muy graves a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla.