Artículo 64. Adecuación del planeamiento.
Artículo 64 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. · BOE-A-2008-2494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-08.
Texto consolidado
La inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de un Lugar de Interés Etnológico llevará aparejada la obligación de tener en consideración los valores que se pretendan preservar en el planeamiento urbanístico, adoptando las medidas necesarias para su protección y potenciación.