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Ley Vigente

Artículo 64. Concurrencia de sanciones.

Artículo 64 de la Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears. · BOE-A-2014-11171

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-10.

Texto consolidado

1. Las conductas constitutivas de infracción que supongan incumplir la normativa en materia de seguridad industrial o de prevención de riesgos laborales han de sancionarse de acuerdo con esta normativa.

2. Las vinculaciones del procedimiento sancionador en materia minera con la orden jurisdiccional penal han de ajustarse a lo dispuesto en el Decreto 14/1994, de 10 febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir para la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears en el ejercicio de la potestad sancionadora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-10.

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