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Ley Vigente

Artículo 63. Homologación de los cursos.

Artículo 63 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. · BOE-A-2023-17647

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-08.

Texto consolidado

1. El Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía podrá homologar los cursos impartidos por otras escuelas de la Policía, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

2. Las entidades públicas o privadas podrán solicitar al Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía la homologación de los cursos que impartan, siempre que estos reúnan los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

3. No se homologará ninguna actividad formativa que no sean cursos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-08-08.

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