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Ley Vigente

Artículo 63. Adjudicación a la Hacienda Pública de bienes embargados.

Artículo 63 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990. · BOE-A-1990-15347

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-30.

Texto consolidado

El artículo 134 de la Ley General Tributaria queda redactado del siguiente modo:

«El procedimiento de apremio podrá concluir con la adjudicación a la Hacienda Pública de los bienes embargados cuando no lleguen a enajenarse por el Procedimiento regulado en el Reglamento General de Recaudación.

El importe por el que se adjudicarán dichos bienes será el de la deuda no pagada, sin que exceda del 75 por 100 de la valoración que sirvió de tipo inicial en el procedimiento de enajenación.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-06-30.

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