Artículo 63. Tipificación de infracciones.
Artículo 63 de la Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco. · BOE-A-2018-11064
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-05.
Texto consolidado
Tienen la consideración de infracción a los efectos de la presente ley las acciones u omisiones que se tipifican en los artículos siguientes. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.